La monografía En torno a la filiación y a las relaciones paterno filiales contiene un estudio de las cuestiones relativas al «menor» que suscitan más interés y debate actualmente. Dentro de las mater
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La historia del testamento es, desde cierto punto de vista, la historia de su desolemnización-fenómeno universal, aunque provisto de diverso alcance en cada legislación concreta-. La presente monografia trata de describir este proceso, dando cuenta, en cada epoca, de las formas y de las formalidades testamentarias, especialmente de las que hansido propias del testamento publico; aunque sin la pretension de hacer la historia completa de las mismas. Es muy escasa la literatura sobre el conjunto de las solemnidades testamentarias, y sobre las de un tipo testamentario concreto. Existe mas bibliografia sobre el testamento en general, en una determinada epoca; y tambien, aunque no tanta, sobre alguna concreta solemnidad. Con todo, todavia hoy sigue vigente aquella afirmacion de Garcia-Gallo de que"la historia del Derecho español de sucesiones esta en su mayor parte por estudiar".Esta obra, que viene a contribuir a llenar esa laguna, es una introduccion imprescindible para el historiador y para el especialista en Derecho civil que quiera iniciarse en el estudio del testamento publico.
Con la ley 8/2021, el defensor judicial se convierte en una medida formal de apoyo de persona con discapacidad, manteniendo su claro carácter temporal, pero no siempre supletoria, ni coexistente, al incorporarse en el apartado 5º del art. 295 CC la posibilidad de que se nombre cuando la persona con discapacidad requiera el establecimiento de medidas de apoyo de caracter ocasional, aunque sea recurrentes. Se confirma al defensor judicial como una institucion autonoma e independiente, cuando la necesidad sea ocasional, como medida de apoyo formal, dando lugar a un cambio cualitativo en la concepcion de la institucion ya que, aunque la curatela se configure como la medida de apoyo formal por excelencia, con vocacion de permanencia, el defensor judicial lo sera cuando la necesidad sea temporal u ocasional, en base al principio de necesidad y proporcionalidad proclamado por la Ley.