Nacido en Praga en el seno de una familia de origen judío, cursa sus estudios en Viena. Fruto de la intensa actividad investigadora desarrollada para el doctorado y la habilitación es su libro «Problemas capitales de la teoría del derecho y del Estado tratados a partir de la teoría de la norma jurídica» (1911), que anticipa lo que habría de ser el método «jurídico» o «normativo» por él propuesto. En 1919 obtiene la cátedra de Derecho público y administrativo de la Universidad de Viena y participa en la redacción de la nueva constitución austriaca, proclamada en 1920. En 1921 es nombrado magistrado vitalicio del Tribunal Constitucional austriaco. Como síntesis global de su pensamiento publica en 1925 su Teoría general del Estado. Llamado a la Universidad de Colonia en calidad de catedrático de Derecho internacional, es destituido en 1933 y se traslada a Ginebra, donde permanece hasta 1940, año en que emigra a los Estados Unidos. Trabaja en la Universidad de Harvard como research associate. En esta misma universidad imparte docencia en calidad de lecturer, como también en el Wellesley College y en la Universidad de Berkeley. En 1945 esta última le nombra catedrático para impartir docencia e investigar en «derecho internacional, teoría general del derecho y orígenes de las instituciones jurídicas». El mismo año ve la luz la tercera exposición general de la concepción jurídica de Kelsen, su General Theory of Law and State, y él es nombrado «asesor legal» de la Comisión de las Naciones Unidas para los crímenes de guerra. Muere en Orinda (cerca de Berkeley). De Hans Kelsen ha sido publicado en esta misma Editorial «La paz por medio del derecho» (2.ª edición en 2017), «Religión secular» (2015) y «Teoría pura del derecho» (2011).
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La primera edición de Teoría pura del derecho (1934) constituye una exposición sintética y rigurosa de la concepción teórico-jurídica de Hans Kelsen. En ella se presenta una teoría general del derecho «depurada» de toda «contaminación» extrajurídica proveniente de las ciencias empíricas y de las ideologías. El método que la «teoría pura del derecho» proclama como idóneo es el método positivista, normativista y formalista, y su objeto viene delimitado por el sistema de normas jurídicas que componen el orden u ordenamiento jurídico, prescindiendo, pues, de todo elemento que no sea normativo. Dos diferencias sobresalen si se compara esta obra con la anterior versión sistemática elaborada por Kelsen —su Teoría general del Estado—: primera, el ir dirigida de manera directa a los problemas característicos de la teoría general del derecho; segunda, el ser mucho más breve y, por tanto, asequible al gran público lector de obras de derecho y de otras ciencias sociales. La presente edición española, a cargo del catedrático de Filosofía del derecho Gregorio Robles, ofrece la traducción fiel de la Reine Rechtslehre de 1934, aportando además una introducción tanto a la obra en concreto como a la biografía y al pensamiento de Hans Kelsen.
La polémica que en 1931 enfrentó a Carl Schmitt y Hans Kelsen acerca del defensor de la Constitución ("Der Hüter der Verfassung"), es uno de los momentos claves del Estado democrático en que afloran
La Teoria pura del Derecho es una teoria del Derecho positivo. Positivo a secas, no de un orden juridico especial. Es teoria general del Derecho, no interpretacion de normas juridicas particulares, n
Las reglas de la lógica, ¿se aplican en su opinión al Derecho considerado como conjunto de normas, a la ciencia jurídica como conocimiento de este objeto o a ambas? Si se aplican al Derecho, es decir, a normas, prescripciones de deber ser, imperativos, or
"¿Quién debe ser el defensor de la Constitución?" es el texto en que Hans Kelsen formula observaciones críticas a la obra de Carl Schmitt "La defensa de la Constitución" (cuya versión en español integra el catalogo de Editorial Tecnos).Partiendo de un tema propio de la politica-juridica, como es el del control jurisdiccional de la Cosntitucion, el lector tendra oportunidad de adentrarse en una perenne propuesta sobre la manera de garantizar la preservacion de un Estado democratico. El jurista vienes deslinda los componentes ideologicos de la tesis schmittiana y deja a la vez asentada su propia axiologia filosofico-juridica. Segun es caracteristico en sus escritos, Kelsen desarrollla sus planteamientos con notable agudeza intelectual, rigor metodologico y densidad expositiva, lo cual conforma una trama argumental tan consistente como atractiva.
"Este pequeño trabajo contiene una breve exposición de los puntos esenciales de aquellas concepciones científicas que desde hace unas dos décadas vengo representando con mis discípulos, y que se conocen bajo el nombre de teoria pura del Derecho. Me limi
Con la precisión conceptual que caracterizara toda su obra, Hans Kelsen analiza en este libro las diferentes definiciones de la justicia que se han ido formulando desde los griegos hasta nuestro siglo. Fiel a su relativismo axiologico, el creador de La Teoria Pura del Derecho llega a la conclusion de que no es posible una definicion universalmente valida de lo que es justo. La presente version es de la primera y unica traduccion directa del aleman al castellano de este ensayo clasico.
En 1949 Hans Kelsen visito el pais mas kelseniano del mundo, al decir de Manuel Atienza: la Argentina. Permanecio 25 dias, pronuncio 9 conferencias y participo en al menos 3 coloquios de discusion so
Kelsen, el más influyente teórico del derecho del siglo XX, polemiza en esta obra contra Smend, uno de los más destacados teóricos alemanes del Estado. Smend explica el Estado corno resultado de un comun sentimiento de pertenencia de los ciudadanos a una realidad espiritual aglutinadora y considera que el Estado es tanto mas real y pleno cuanto mas se ve esa integracion acrecentada y proyectada en torno a simbolos, procesos y pares, cuanto mas efectiva es la identificacion del ciudadano con esa realidad suprapersonal en la que la vida politica de la comunidad cristaliza. La Constitucion, para Smend, tiene la doble condicion de ser reflejo de esa previa integracion e instrumento de su desarrollo.
En la literatura de los escritors kelsenianos recopilados en este volumen es necesario tener en cuenta que terminan en 1943, es decir, antes de la conclusion de la IIGM.
Este libro presenta una versión concisa de los argumentos centrales de Hans Kelsen y su Teoría pura del derecho. El lector descubrirá en él la línea argumentativa que fuera desarrollada ampliamente en las otras obras de este autor. Por la precision conceptual y clara exposicion de los problemas, esta obra constituye una excelente introduccion al pensamiento kelseniano.
Hans Kelsen (1881-1973) está considerado como uno de los más grandes juristas del siglo XX. Su Teoría pura del Derecho ha merecido la máxima atención de juristas y filósofos del derecho durante varios lustros. En la actualidad su obra esta siendo revalorizada y estudiada por las jovenes generaciones. Sin embargo, la actividad intelectual de Kelsen no se redujo a la Teoria del Derecho. La critica ideologica ocupo un lugar muy importante en la obra del insigne jurista.Este libro constituye una buena muestra de los presupuestos kelsenianos, de su critica a las ideologias absolutistas de la Justicia y de la defensa de doctrinas cercanas al emotivismo etico. Kelsen resumio magistralmente sus ideas con las siguientes palabras: No se puede decir que es la justicia, aquella justicia absoluta que la humanidad busca. Debo contentarme con una justicia relativa, y puedo decir por tanto que es para mi la justicia. Ya que la ciencia es mi profesion, y por tanto la cosa mas importante de mi vida, la justicia se encuentra en aquel ordenamiento social bajo cuya proteccion puede prosperar la busqueda de la verdad. Mi justicia es la justicia de la libertad, la justicia de la democracia: en una palabra, la justicia de la tolerancia.