Se parte de la configuración constitucional de la acción popular, mediante el análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la inserción de esta figura en el contenido esencial del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva...El punto central del trabajo se situa en el estudio del ejercicio de la accion popular como parte en el proceso penal y los requisitos necesarios para llevar a cabo tal ejercicio. Finalmente, y para dejar constancia de los problemas que plantea la actual regulacion de la accion popular, se ha considerado especialmente interesante realizar una exposicion y comentario de las principales resoluciones jurisprudenciales que se pronuncian al respecto, para culminar la investigacion con una propuesta que puede resultar de utilidad para una proxima reforma de la LECrim.
La complejidad y la sofisticación de las relaciones de responsabilidad y, en general, de la entera organización social y del entramado económico han desbordado el esquema clásico de la dualidad de partes que se enfrentan en un litigio civil. El Derecho presta cada vez mayor atencion a la posicion de otros sujetos diferentes, que ostentan atendibles intereses o expectativas de muy variopinto caracter, intensidad y naturaleza, que corren el riesgo de verse afectadas por el desenlace de la contienda entre las partes. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento civil de 2000 bebio en gran medida en las fuentes jurisprudenciales a la hora de regular la intervencion de terceros en el proceso. Al analisis riguroso de esta figura y de su importante desarrollo e interpretacion jurisprudencial se dedica el libro que el lector tiene entre sus manos. Quien pretenda hacerse cargo de esta novedosa institucion juridica y hacer de ella un uso practico adecuado y provechoso encontrara en las paginas que siguen una clarificadora exposicion de las cuestiones apuntadas, amen de una cuidadosa seleccion jurisprudencial de enorme utilidad.
Los recursos constituían uno de los ámbitos más caóticos de la regulación procesal civil y más necesitados de reforma. En éste, como en otros ámbitos, la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil ha operado un cambio sustancial y una notable mejora en diferentes aspectos como la frecuentemente mal entendida cuestion de la apelacion y la doble instancia. Aclarado que nuestra tradicion juridica no ha contemplado nunca un doble grado de jurisdiccion rectamente entendido, esto es, como doble pronunciamiento sobre el objeto del debate y el objeto del proceso, se constata que la Ley de Enjuiciamiento Civil tampoco contempla una apelacion plena. Los articulos 455 y siguientes presentan las caracteristicas propias de la apelacion limitada. En otro orden de cosas, aunque siempre dentro del mas abstracto e introductorio, la LEC ha eliminado la injustificada pluralidad de recursos de apelacion; limitando este medio impugnatorio a las resoluciones definitivas y erradicando, asi, la apelacion contra resoluciones interlocutorias. No se ha estimado conveniente, por el contrario, diferenciar en el recurso de apelacion entre la impugnacion sobre el fondo y las impugnaciones "strictu sensu", encaminadas a poner de relieve la existencia de vicios en la actividad procesal que acarrea la nulidad. Este es el marco general en el que se inserta esta monografia, que se orienta tanto a una finalidad hermeneutica e ilustrativa cuanto a un uso provechoso en el dia a dia de la praxis juridica.
Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales, S.A. 9788413817408
El aumento de los conflictos colectivos en una sociedad guiada por el consumismo y la globalización económica y social es una realidad difícil de ocultar que requiere una respuesta con urgencia. Este fenomeno tiene diferentes manifestaciones, como la colectivizacion del perjuicio, la litigiosidad en masa o la necesidad de dar soluciones a ciertos perjuicios que hasta poco eran tolerados por los ciudadanos. Se combate contra la impunidad de determinados sectores de poder, y los sujetos afectados se asocian o buscan mecanismos colectivos de solucion.Ante estos cambios sociales los organos judiciales deben adaptarse. Para ello surgen diversas tecnicas de resolucion de conflictos colectivos cuyo objetivo es permitir una correcta tutela de los derechos e intereses legitimos. Entre estas nuevas tecnicas destacan las acciones de representacion o el proceso colectivo, los acuerdos de resarcimiento, el procedimiento testigo y la extension de efectos, sin perjuicio de la existencia de otros instrumentos. El procedimiento testigo y la extension de efectos son de reciente implantacion en el sistema español.Existe una constante exigencia social de implementar en los sistemas legales alguna tecnica de resolucion de conflictos colectivos y en masa. A tales efectos, procede examinar estas posibles tecnicas e incidir, de forma mas concreta, en si se debe dar un distinto rol al organo judicial, si es necesario un cambio de los poderes y de las funciones del juez y, en definitiva, si debe establecerse un control judicial de la resolucion de conflictos colectivos y litigios en masa mas preciso del que estamos acostumbrados, con unas caracteristicas propias y particulares. Todas estas cuestiones merecen un analisis acurado por su plena actualidad, que es lo que se pretende en el presente trabajo.